El Tribunal estará integrado por cinco miembros titulares y dos suplentes, quienes no podrán ser candidatos a puestos de elección. Todos ellos serán nombrados por el Consejo Universitario, teniendo en cuenta que haya representación de las diferentes Vicerrectorías y durarán en sus cargos un período de cuatro años. Podrán ser nombrados en forma consecutiva por una única vez y gozarán de plenas facilidades para el buen desempeño de sus funciones.

Lo asistente en sus responsabilidades estatutarias un Cuerpo de Delegados Electorales, uno por cada recinto electoral, con carácter ad honórem, de libre nombramiento y remoción por parte del TEUNED. No podrán renunciar a dicho nombramiento, salvo por razones de salud o de fuerza mayor, debidamente comprobadas por el TEUNED.

También los acompaña en el cumplimiento de sus labores como órganos auxiliares las Juntas Receptoras de Votos cuya función primordial es la recepción de los votos en los recintos especialmente designados por éste.